Puedo arreglar si tengo un hijo ciudadano mayor de 21 años

¿Puedo solicitar un ajuste de estatus si tengo un hijo ciudadano mayor de 21 años?

Algunos familiares de ciudadanos estadounidenses, conocidos como familiares directos, no tienen que esperar a que haya una visa disponible, ya que no hay un límite de visas a utilizar en esta categoría en un año en particular. En otras palabras, si eres padre de un ciudadano estadounidense mayor de 21 años, puedes solicitar un ajuste de estatus dentro del país si entraste con visa, ya que se te considera un familiar inmediato y eres admisible según la ley de inmigración.

Si deseas obtener más información sobre quiénes pueden considerarse admisibles según la ley de inmigración
Te invitamos a leer más sobre ¿Quién es admisible para la ley de inmigración?

Otra forma de ser elegible para el ajuste de estatus dentro del país es si estás protegido por la Ley 245i. Esta ley ampara a todas aquellas personas que entraron antes de diciembre de 2000 y que presentaron una petición familiar antes del 30 de abril de 2001.

¿Puedo regularizar mi situación si ingresé ilegalmente (indocumentado) y tengo un hijo mayor de 21 años?

Si tienes un hijo ciudadano mayor de 21 años, también puedes buscar el ajuste de estatus a través de un proceso consular, ya que no calificarías por las vías anteriores. Aunque no se te considera admisible según la ley de inmigración, existe una opción viable si ingresaste sin documentos y has vivido durante este tiempo en el país. En este caso, necesitarás un perdón, y para calificar, debes tener un cónyuge, padre o madre ciudadano(a) o residente, y debes poder demostrar que ellos sufrirían si no te permiten quedarte en el país.

Para obtener más información sobre lo que implica el proceso consular → leer sobre los Procesos Consulares

Otra opción podría ser si tu hijo o hija está prestando servicio en las fuerzas armadas, y esto podría implicar un ajuste de estatus a través de un "parole", ya que este es un beneficio migratorio que se brinda a los familiares directos de militares y con el cual no tendría que salir del país para poder tener un estatus legal y posteriormente la residencia, ya que con este el hijo no tiene que ser mayor de 21 años para que los padres adquieran el Parole.

Para conocer más detalles sobre qué es el "parole", te sugerimos leer sobre → Parole beneficio migratorio para familias de Militares

También hay un grupo de padres de hijos/hijas ciudadanos o residentes, que pueden obtener la residencia y es a través de VAWA, ya que estos padres lamentablemente has sido victimas de abuso emocional, físico, psicológico por parte de su hijo/ hija, entonces usted puede calificar bajo la ley VAWA y así podría arreglar sus documentos aquí dentro del país, ya que algunos jóvenes se han involucrados en problemas de uso de sustancias no legales y otros sufren de problemas mentales y debido a esa situación estos jóvenes han presentado comportamientos abusivos con los padres lo cual les ha causado un daño físico o emocional grave, lo mas importante es obtener la asesoría legal correcta

Para conocer más detalles sobre "VAWA", te sugerimos leer sobre → VAWA

Si tú o un familiar cercano se encuentran en una situación similar y necesitan asesoría para llevar a cabo todo el proceso, ¡permítenos ayudarte! Contamos con más de 35 años de experiencia representando a clientes y sus familias ante la corte de inmigración en el condado de Los Ángeles y en todo California.

Lo más importante es buscar la asesoría correcta y no dejarse llevar por la primera opción que se presente, ya que la ley de inmigración está en constante cambio y hay personas que podrían no calificar para un beneficio migratorio, pero que con los cambios recientes, ahora podrían hacerlo. Lo fundamental es no descartarse automáticamente y mantenerse bien informado sobre su caso específico con la ayuda de un abogado de inmigración competente.

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