COMO INMIGRANTE CON DOCUMENTOS O SIN DOCUMENTOS USTED TIENE DERECHOS CONSTITUCIONALES
Como inmigrante en Estados Unidos, ya sea que posea documentos legales o no, tiene derechos constitucionales protegidos por la Constitución de los Estados Unidos. Estos derechos incluyen, entre otros, la libertad de expresión, el derecho a la asesoría legal, el derecho a no ser sometido a registros o arrestos injustificados, y el derecho a un juicio justo. Aunque el estatus migratorio puede afectar ciertos beneficios y protecciones, los derechos fundamentales consagrados en la Constitución están destinados a aplicarse a todas las personas presentes en el país, independientemente de su situación migratoria. Es crucial estar informado sobre estos derechos y, en caso de duda o enfrentar situaciones legales, buscar asesoramiento legal adecuado para garantizar la protección y el ejercicio de estos derechos.
- No le diga nada al agente del servicio de inmigracion si trata de hablar con usted. Excepto su nombre.
- No abra la puerta si un agente del servicio de inmigracion esta tocando la puerta.
- Tenga un plan como familia si se ve en una emergencia si tiene hijos menores si usted es indocumentado
- Entregue su tarjeta al agente sin abrir la puerta. → IMPRIMIR AQUÍ | TARJETA ROJA
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¿CÓMO LOCALIZAR A UN FAMILIAR DETENIDO O BAJO CUSTODIA DE ICE?
Cuando un ser querido es detenido por el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE), muchas familias no saben qué hacer ni a dónde acudir. Aunque existen numerosos videos informativos sobre el tema, no es lo mismo que recibir una guía clara, detallada y paso a paso que te explique cómo actuar en esa situación.
Las primeras horas después de la detención son cruciales. Es fundamental que la persona cuente con la representación legal adecuada desde el inicio, ya que esto puede marcar la diferencia para obtener una fianza y tener la oportunidad de continuar su caso en libertad ante la corte de inmigración.
Sin embargo, existen herramientas y procedimientos oficiales para localizar a una persona que se encuentra bajo custodia migratoria.
- Usar el sistema de localización de detenidos en línea (ODLS) de ICE locator.ice.gov
- Llamar a los centros de detención directamente al 1-888-351-4024 (ICE Detention Reporting and Information Line)
- Contactar a un abogado. Un abogado de especialista en ley de inmigración puede contactar directamente con ICE o con el centro de detención para confirmar:
- Ubicación
- Estatus legal del proceso
- Fecha de audiencia o traslado
- Posibilidad de solicitar fianza
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¿CÓMO LOCALIZAR A UN MENOR, CUANDO ESTA BAJO LA CUSTODIA DE ORR OFICINA DE REASENTAMIENTO DE REFUGIADOS?
La búsqueda de un menor bajo la custodia de la Oficina de Reasentamiento de Refugiados (ORR) implica seguir protocolos específicos. En primer lugar, es esencial comunicarse con la ORR a través de su línea directa o portal en línea para obtener información sobre la ubicación del menor. Además, es posible que se requiera coordinación con el patrocinador designado del menor o con organizaciones que trabajen en colaboración con la ORR. Proporcionar detalles precisos sobre la identidad del menor y cualquier información relevante ayudará en el proceso. En situaciones críticas, se recomienda contactar a un abogado de inmigración o a organizaciones legales que se especialicen en derechos de menores no acompañados para obtener orientación y apoyo en la búsqueda del paradero del menor.
Ahora si usted sabe como familiar cercano del menor, ya sabe que el padre o la madre vino y fue separado del menor, y que el niño está bajo la custodia del Departamento de Homeland Security, probablemente el menor esta bajo el cuidado de la www.acf.hhs.gov/orr/resource/orr-national-call-center|Oficina de Refugiados, entonces usted puede llamar al 1-800-203-7001
- Si realiza la llamada desde un centro de detención marque al 699#
- También el DHS brinda los siguientes correos electrónicos para poder localizar a los menores
- ORR: [email protected]
- ICE: [email protected]
PUEDE UN INMIGRANTE INDOCUMENTADO PARTICIPAR EN PROTESTAS?
- ¿Puede un inmigrante indocumentado asistir a protestas?
- ¿Es seguro que una persona indocumentada salga o participe hacer protestas?
- ¿Usted tiene un riesgo de ser detenido por la policía, ICE?
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Sí, un inmigrante indocumentado en Estados Unidos tiene el derecho constitucional de participar en protestas y expresar su opinión política. La Primera Enmienda de la Constitución protege la libertad de expresión y el derecho a la reunión pacífica para todas las personas, independientemente de su estatus migratorio. Sin embargo, es importante que los participantes estén conscientes de posibles riesgos, ya que la participación en protestas puede atraer la atención de las autoridades de inmigración. En estas situaciones, es recomendable conocer sus derechos y, si es posible, buscar asesoramiento legal antes de participar en actividades que podrían tener implicaciones para su estatus migratorio.
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COMO ESCOGER A UN ABOGADO DE INMIGRACIÓN?
Cómo evitar ser víctima de fraude migratorio?
Primero que nada no hablen con nadie que no sea abogado, No hablen con notarios, no se dejen guiar por esas personas por que pueden pasar una de dos cosas; a veces le pueden ayudar, No estoy diciendo que todos hacen mal trabajo o que todos les van a robar, pero desafortunadamente muchos sí. Hay que asegurarse que la persona con la que usted está hablando, sea en realidad un abogado.
¿Cómo se averigua eso?
- Busque en el sitio web de la barra de abogados de su estado → members.calbar.ca.gov
- Preguntarle cuál es el número de abogados y a través de ese número de qué estado es su licencia y cuál es su número.
- Ustedes pueden llamar ó buscar en el internet en la barra de abogados de ese estado y buscar ese número para ver si es esa persona.
- Nunca jamás, jamás, jamás den dinero por teléfono o por whatsapp o manden dinero por western unión.
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DONDE VA LA LISTA DE ESPERA DE VISA U?
La lista de espera de la Visa U es administrada por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS). La Visa U está diseñada para víctimas de crímenes que han cooperado con las autoridades en la investigación o persecución del delito. El número de visas U otorgadas cada año está limitado, y cuando se alcanza ese límite, las solicitudes adicionales se colocan en una lista de espera. La posición en la lista de espera puede variar, y el tiempo de espera puede ser prolongado debido a la demanda y al límite anual de visas. Se recomienda a los solicitantes y beneficiarios potenciales que se mantengan informados a través del USCIS y que consulten con profesionales legales especializados en inmigración para obtener asesoramiento específico sobre su situación.
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CUÁLES SON LOS CRÍMENES VIOLENTOS QUE CALIFICAN PARA LA VISA U?
La Visa U es para personas que han sido víctimas de ciertos crímenes no todos, y que han cooperado con las autoridades en procesar al culpable del delito, así que por dar un ejemplo es Los Delitos de Violencia Domestica, si uno es víctima de violencia domestica uno llama a la policía, va a la corte, hace todo lo que le pide la policía o la procuraduría que haga, entonces es posible que pueda aplicar para una visa U.
¿Cuáles son las actividades criminales elegibles para la VISA U?...
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QUÉ PASA SI ME NIEGAN EL ASILO POLÍTICO?
Si se te niega el asilo político en Estados Unidos, tendrás opciones limitadas para apelar la decisión y buscar protección legal. Puedes apelar la negación ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) dentro de un plazo establecido. Además, es crucial buscar asesoramiento legal de inmediato para evaluar otras posibles opciones, como presentar una nueva solicitud de asilo si hay cambios significativos en tu situación o buscar formas alternativas de alivio migratorio. En la mayoria de los casos, podría enfrentarse a procedimientos de deportación. Dado que la situación puede ser compleja y varía según las circunstancias individuales, la asesoría de un abogado de inmigración especializado es fundamental para comprender tus opciones y tomar decisiones informadas.
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QUE ES LA VISA U?
La Visa U es un programa de inmigración de Estados Unidos diseñado para proporcionar alivio a víctimas de ciertos delitos, especialmente aquellas que han cooperado con las autoridades en la investigación o persecución de esos delitos. Esta visa ofrece a los individuos elegibles y sus familiares cercanos la posibilidad de vivir y trabajar en Estados Unidos. Para calificar, se debe demostrar haber sufrido un delito grave y haber colaborado con las autoridades. La Visa U es valiosa porque brinda una vía legal para aquellos que han enfrentado situaciones difíciles debido a la criminalidad, y también puede conducir eventualmente a la obtención de la residencia permanente en el país.
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CUÁL ES LA DIFERENCIA ENTRE CIERRE Y CIERRE ADMINISTRATIVO DE UN CASO EN LA CORTE DE INMIGRACIÓN?
La diferencia clave entre el cierre y el cierre administrativo de un caso en la Corte de Inmigración radica en el motivo y las implicaciones. El cierre se refiere a una suspensión temporal del caso, generalmente a solicitud de una de las partes o del propio tribunal, para permitir tiempo adicional para resolver asuntos pendientes. En cambio, el cierre administrativo implica que el tribunal, por razones administrativas o de recursos, decide poner el caso en espera indefinida sin una resolución inmediata. Un caso cerrado administrativamente puede reabrirse en el futuro, mientras que un cierre puede tener un período de reanudación más definido. Ambos conceptos tienen implicaciones procesales y estratégicas significativas en el ámbito de la ley de inmigración.
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¿ICE ME PUEDE DETENER O DEPORTAR SI ESTOY ESPERANDO LA VISA U, VAWA O VISA T, SI SOLO TENGO EL RECIBO O EL PERMISO DE BUENA FE?
Estar en proceso para una Visa U, VAWA o Visa T no te protege automáticamente contra la deportación, pero sí te puede ayudarte a evitarla si ya enviaste tu solicitud a inmigración (USCIS). Cuando alguien pide una de estas visas:
- Visa U: Para personas que fueron víctimas de ciertos delitos y ayudaron a la policía.
- VAWA: Para personas que sufrieron abuso por parte de su esposo/a, hijo/a, Padrastro o Madrastra, papá o mamá que es ciudadano o residente.
- Visa T: Para personas que fueron víctimas de trata o explotación laboral.
USCIS puede darte un permiso de trabajo temporal, conocido como permiso por “buena fe”. Este permiso se da cuando USCIS revisa tu caso y ve que está completo y cumple con los requisitos básicos. Aunque tu visa aún no esté aprobada, este permiso te permite trabajar legalmente y quedarte en el país mientras esperas.
Es muy importante que mantengas una comunicación constante con tu abogado de inmigración, ya que él o ella puede presentar la solicitud correspondiente ante el juez de inmigración y explicar tu situación migratoria pendiente, con el objetivo de detener tu proceso de deportación.
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