¿Quienes Pueden ser Prioridad de Deportación en el Segundo Mandato del Presidente Trump?



Abogada de Inmigración Mariela Camisassa

Se ha hablado mucho en las noticias sobre las deportaciones masivas que se están llevando a cabo bajo el nuevo mandato del presidente Trump. Por eso, es fundamental que usted cuente con la información adecuada para hacer valer sus derechos. Recuerde que, independientemente de su situación migratoria, usted tiene derechos constitucionales, y estar preparado es clave para protegerse ante cualquier situación.

Lo más importante es que usted esté legalmente preparado por si llega a tener un encuentro con los oficiales de ICE (U.S. Immigration and Customs Enforcement).


PRIMERO: ¿QUIÉNES SON PRIORIDAD DE DEPORTACIÓN EN EL SEGUNDO MANDATO DEL PRESIDENTE TRUMP?

Las prioridades son:

  1. Personas que tienen delitos previos
  2. Personas que tienen órdenes de deportación previas
  3. Personas que son una amenaza a la seguridad nacional de EE.UU.
  4. Y por último, todos los demás no ciudadanos que no tienen estatus legal, es decir, inmigrantes indocumentados.

Actualmente, las autoridades migratorias están trabajando en base a un plan y están haciendo sus búsquedas basadas en una lista donde van específicamente buscando personas:
  • Con delitos violentos
  • Con delitos previos
  • Estas son las primeras personas que ellos están buscando para deportar
  • O personas que ya han sido deportadas, sobre todo:
    • Personas que han sido deportadas recientemente.
    • Personas que no han ido a corte, que fueron deportadas en ausencia y que han entrado al país recientemente.

¿Qué es lo que se escucha en las noticias?

Es muy común escuchar en las noticias o en redes sociales que se han visto a oficiales de ICE en una localidad específica en la ciudad de varios estados de Estados Unidos.


El marco de la ley: cómo las autoridades migratorias actúan:

De acuerdo con la ley, ellos no deberían arrestar basándose en el perfil racial o asumiendo que está viviendo en el país sin documentos.

Ellos sí pueden arrestar a una persona con una orden judicial previa, es decir, una orden que esté firmada por un juez.

Ejemplo: Si elementos de ICE llegan a su casa, usted no tiene la obligación de abrirles la puerta sin que ellos muestren una orden judicial firmada por un juez (no una orden firmada solo por un oficial de ICE).

Antes de abrir la puerta, usted tiene que estar totalmente seguro o segura de que esa orden está firmada por un juez. De lo contrario, usted tiene todo el derecho de abstenerse de abrir la puerta.

Usted tiene todo el derecho de mantenerse callado; no tiene la obligación de hablar ni contestar ninguna de las preguntas que ellos tengan para usted.

Por ejemplo: Si un oficial de ICE o Border Patrol lo detiene y le empieza a preguntar su nombre o de qué nacionalidad es, usted no tiene que decir nada más allá de su nombre. Lo único que debe decir es que quiere ver a su abogado de inmigración.

¿Qué pasa si los oficiales de ICE se ponen intimidantes o amenazan con deportarlo? Trate, en la medida de lo posible, de documentar el encuentro, por ejemplo, grabando el encuentro con su celular.


¿Qué pasa con las personas que están en proceso de inmigración y tienen su permiso de trabajo?

Si usted es de las personas que está en proceso de migración (está arreglando papeles) o ya tiene su permiso de trabajo:

La abogada de inmigración Mariela Camisassa aconseja:

  • Llevar su tarjeta EAD (tarjeta de autorización de trabajo)
  • Llevar copias de los recibos que el servicio de inmigración le haya enviado.
    • Por ejemplo: Si usted tiene un ajuste de estatus pendiente, lleve el recibo que le proporcionó la oficina de USCIS, donde usted envió los documentos y realizó el pago.
    • O si tiene un caso en corte, lleve una prueba que demuestre que su caso está pendiente o que está aplicando para un beneficio migratorio, como visa U, visa T, VAWA, Parole, etc.



SI USTED ES NUESTRO CLIENTE, TENGA EN MANO LA INFORMACIÓN DE NUESTRA OFICINA PARA QUE SUS FAMILIARES PUEDAN LLAMARNOS AL (818) 506-0070

Este número es exclusivamente para emergencias en casos de ser detenido por ICE y si es cliente de nuestra oficina esta disponible 24/7




¿Qué documentos debo tener preparados para que mi abogado me represente si soy detenido por ICE?

  • Acta de nacimiento de sus hijos
  • Acta de nacimiento propia
  • Acta de matrimonio (si está legalmente casado)
  • Contactos de todos sus familiares que son ciudadanos americanos
  • Pruebas de buen carácter moral
    • Carta de su empleador
    • Declaraciones de impuestos
    • Carta de su iglesia o del pastor que hable de usted como persona, destacando su buen carácter moral y su contribución a la comunidad.

¿Qué hacer si es detenido por ICE u oficiales de inmigración?

  • Lo primero es dejar claro que usted quiere ver a un juez de inmigración.
  • No firme nada hasta tener la asesoría de un abogado de inmigración
  • Si es cliente de nuestra oficina, deje claro que será representado por la abogada de inmigración Mariela Camisassa.
  • No firme ningún documento.
  • Deje claro que quiere que su caso sea escuchado por un juez de inmigración.



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