Que pasa si me niegan el asilo, Que hacer

Que pasa si me niegan el asilo, Que hacer


Las peticiones de asilo año con año han aumentado debido a que muchas personas se han visto en la necesidad de salir de sus paises de origen por multiples razones como la pobreza, cambios climáticos que los a obligado a salir de sus comunidades y la inseguridad que es una de las razones por las que más personas cada día trata de ingresar a Estados Unidos de manera legal e irregular, ya que viene huyendo de los narcotraficantes que dominan sus zonas, las pandillas y delicuencia común. Pero aunque todas esas situaciones son muy trágicas no todos podrian calificar para un asilo y es muy importante consultar con un abogado especialista en leyes de inmigración, ya que para pedir asilo en Estados Unidos deben de cumplir ciertos criterios como:

La Primera razón para ser elegible para asilo debe ser; Una persona que sufre o sufrirá persecución y es por su raza, religión, nacionalidad, ideas políticas o porque pertenece a un “grupo social.”

¿QUÉ SE ENTIENDE POR "GRUPO SOCIAL”?

Los tribunales de EE.UU han determinado que las personas LGBT lesbianas, gay, bisexuales o transgéneros de igual forma las víctimas de violencia domestica pertenecen a un grupo social ya que estas personas pueden tener casos muy fuertes de asilo, debido a los multiples abusos que sufren en sus paises de origen.

¿CÓMO LLENAR UNA SOLITUD DE ASILO?

Lo primero es consultar con un abogado de inmigración de preferencia especializado en casos de asilo, antes de someter cualquier petición de asilo, para obtener una asesoría legal correcta y analizar su caso, ya que cada caso es diferente.

PUEDO PEDIR ASILO SI YA ESTOY VIVIENDO EN ESTADO UNIDOS?

Si ya se encuentra viviendo en los Estados Unidos usted, deberá someter su solicitud de asilo en un periodo de menos de un año desde su último ingreso al país.

¿QUÉ PASA DESPUÉS HABER SOLICITUD DE ASILO?

Después de haber sometido su solicitud, usted podrá solicitar un permiso de trabajo a los 150 días después de haber sometido su aplicación de asilo.

Posteriormente tendrá una cita en la que asistirá con un oficial de inmigración, quien los entrevistara y decidirá si usted califica para el asilo en Estados Unidos .

Si su caso de asilo es aprobado, podrá solicitar la residencia permanente en un año y la ciudadanía al cuarto año después y en su solicitud podrá incluir a su esposo o esposa e hijos menores de 21 años si están dentro de los Estados Unidos. Si no lo están, entonces los podrá traer una vez que se le haya otorgado el asilo

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¿QUÉ PASA SI ME NIEGAN EL ASILO?

Si el juez le niega su caso de asilo, su abogado puede apelar el caso dentro de 30 días. Asi durante ese periodo de apelación de su caso puede permanecer en los Estados Unidos legalmente mientras su proceso de apelación está pendiente y llege hasta el final del proceso.

¿SI ME NIEGAN EL ASILO SERÉ PUESTO EN PROCESO DE DEPORTACIÓN?

Si su petición de asilo es negado, usted será puesto en proceso de deportación aunque esto no es final del proceso y su abogado puede seguir apelando la desición, es muy importante que usted sepa que en este punto es donde muchas personas caen en cuenta que fueron víctimas de estafadores, ya que les han sometido casos de asilo, sin que realmente pudieran calificar o no tuvieron la representación legal correcta. Muchas de las victimas les sometieron sus aplicaciones por notarios o abogados inescrupulosos que no les brindaron una representación legal adecuada para que la persona se encontrara preparada y pudiera relatar su historia en particular ante el oficial de inmigración. Obteniendo como resultado un caso no aprobado de asilo, enfrentándose ante un proceso de deportación.

LA DEFENSA DE DEPORTACIÓN

Si ya se encuentra en proceso de deportación es muy importante que usted sepa que estos hechos:

  1. Puede ser detenido por el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de Estados Unidos la agencia de Custodia de Inmigración (ICE) durante periodos extensos sin derecho a fianza.
  2. Tiene derecho a su PROCESO DE DEFENSA, por usted mismo o con un abogado de Inmigración. Sin embargo, a diferencia del sistema penal, criminal de Estados Unidos, la corte no le proveerá un abogado para que le defienda. Esto significa que si quiere representación legal, tiene que escogerlo y pagar sus honorarios. Y si usted cree que no puede pagar un abogado de inmigración déjeme decirle que hay abogados que le brindan precios justos y planes de pagos.
  3. Si usted decide, no presentarse a su audiencia ante la corte de inmigración, usted podría ser deportado en ausencia. Es decir que no es necesario que se encuentre presente ante el juez para que éste ordene su deportación.

El hecho de estar viviendo en Estados Unidos sin estatus legal (indocumentado), eso NO SIGNIFICA QUE NO DERECHOS Y tenga que ser deportado. Existen varios recursos legales bajo la ley de inmmigraión los cuales usted puede apelar su deportación (Solicitar perdones/indultos ante la corte de inmigración, Cancelación de deportación para residentes permanentes, Cancelación de deportación para no-residentes, Cancelación de deportación para no-residentes, Recursos de apelación ante la corte de apelaciones de inmigración, Mociones para reabrir su caso, Juicios de Fianza, Ajuste de estatus ante la corte de inmigración) Claro teniendo en cuenta su caso en especifico.

Nota: No todos los abogados de inmigración son competentes para hacer una representación ante la corte de inmigración. Es importante que contrate a un abogado que tenga experiencia en defender personas en procedimientos de deportación y que tenga un historial de éxitos ante la corte de inmigración.

Si usted NO esta comodo o satisfecho con el abogado que le lleva su caso, busque una segunda opinión no se quede con la insertidumbre, recuerde es su futuro en este país y la unidad familiar lo que está en juego.